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¿Cuál es la diferencia entre el derecho al asilo y el derecho al refugio?
El asilo representa un derecho individual de carácter humanitario que permite a una persona solicitar protección fuera de su país de origen. Este recurso se activa, por lo general, cuando alguien enfrenta persecución o se ve en medio de un conflicto que pone en peligro su vida. Mientras se resuelve su petición, la persona se encuentra en calidad de solicitante de asilo en el país al que ha acudido en busca de resguardo. Si la solicitud es aceptada, se le otorgan derechos sociales, acceso a apoyo psicológico de emergencia y la posibilidad de integrarse como sujeto de pleno derecho en esa sociedad.
Una vez que el asilo ha sido concedido, la persona adquiere la condición de refugiada. No obstante, existen definiciones más amplias del término “refugiado” que van más allá de la persecución individual. Esta figura también abarca a colectivos que se ven forzados a huir de su país a causa de guerras, desastres naturales u otras situaciones que amenazan la vida de grandes grupos humanos.
En este sentido, la noción de refugio incluye no solo el temor a la persecución, como en el caso del asilo, sino cualquier circunstancia grave que obligue a una comunidad a desplazarse para sobrevivir.
Según la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), se considera refugiada a toda persona que ha tenido que abandonar su país por situaciones extremas que ponen en riesgo su vida o su dignidad. Por ejemplo, mujeres y niños que escapan de zonas en conflicto armado.
¿Y cuál es la diferencia en España?
En el marco legal español, los términos “asilo” y “refugio” tienen definiciones muy concretas, especialmente en lo que respecta a las personas migrantes. El asilo está pensado para casos individuales: una persona solicita protección internacional porque enfrenta persecución en su país de origen, ya sea por motivos políticos, religiosos, de género, orientación sexual, pertenencia a un grupo social, entre otros.
En cambio, la figura de “refugiado” se refiere a situaciones colectivas. Es decir, cuando grupos humanos se ven forzados a abandonar su territorio debido a conflictos armados, crisis humanitarias, catástrofes naturales u otras amenazas que comprometen su vida o integridad. Esta huida masiva no responde a una persecución personal, sino a condiciones estructurales de riesgo extremo.
¿Cuándo puedo pedir Protección internacional?
España puede conceder asilo o protección subsidiaria si has huido por:
- Persecución por razones de género o violencia machista
- Orientación sexual o identidad de género
- Religión, etnia o nacionalidad
- Opiniones políticas o pertenencia a un grupo social
- Conflicto armado, violencia generalizada o violaciones masivas de derechos humanos
- Trata de personas, mutilación genital, matrimonios forzados
¿Cuándo debería pedirla?
- Lo ideal: en el primer mes desde tu entrada en España.
- Pero si no lo hiciste en ese plazo, igualmente puedes solicitarlo, explicando el motivo del retraso (miedo, desconocimiento, inseguridad…).
¿Qué es la manifestación de voluntad?
En España hay que hacer una manifestación de voluntad de solicitar asilo ante la policía o la Oficinal de Asilo antes de poder pedir oficialmente la protección internacional. Sin manifestación de voluntad NO hay cita de entrevista. Este paso activa la protección legal inmediata (no devolución, acceso a acogida, etc.).
Algunas ventajas de realizar la manifestación son que, desde ese momento, aunque no tienes derechos plenos, no puedes ser expulsada o devuelta. Además, estás en situación regular provisional, a la espera de que te den fecha para la entrevista de asilo. Algunas provincias acumulan largas listas de espera para hacer esta manifestación, por lo que, aunque haya demora, la protección se mantiene. Es decir, no puedes ser deportada ni sancionada por no contar con documentación oficial o NIE. No obstante, guarda todos los justificantes de cita.
Tengo la manifestación. Y ¿ahora qué?
Una vez hayas acudido a la policía o a la oficina de asilo, te pondrán en una lista de espera para darte día, hora y lugar donde tendrás tu entrevista de solicitud de asilo.
El tiempo de espera varía según la ciudad: puede ser desde unas semanas hasta varios meses y algunas personas reciben una constancia provisional de que están esperando cita (no siempre).
El día indicado irás a la entrevista personal con la policía y/o personal competente. Estos te preguntarán sobre tu identidad, llegada a España, los motivos de persecución, familia, salud, pruebas etc… Para esta cita puedes solicitar un intérprete y acudir con apoyo legal.
Después de este proceso recibes la llamada “hoja blanca”, el primer documento oficial que recibes después de tu entrevista de asilo. Certifica que tu solicitud ha sido presentada formalmente ante el Estado español. Este documento te permite residir legalmente en España durante tres meses renovables mientras se resuelve tu solicitud. Además, te identifica legalmente en España: te otorga un NIE (Número de Identificación de Extranjero); te protege frente a expulsiones o devoluciones a tu país de origen; te da acceso al sistema de acogida (si lo necesitas): alojamiento, alimentación, asistencia jurídica y psicológica, etc.; y es el primer paso hacia la Tarjeta Roja, que llegará más adelante.
En el plazo de 1 mes, la OAR decidirá si tu caso se admite a trámite. Si no te notifican nada, se considera admitido por silencio administrativo positivo.
¿Qué es la tarjeta roja?
Es una tarjeta identificativa que acredita:
- Que eres solicitante de protección internacional
- Que tu solicitud está en trámite
- Que estás legalmente en España
- Y, muy importante: te permite trabajar legalmente a partir de los seis meses desde que si hace la solicitud formal de asilo (desde la entrevista)
¿Cuándo se entrega?
- Aproximadamente 3–6 meses después de recibir la hoja blanca, si tu solicitud ha sido admitida a trámite (esto lo comunica la Oficina de Asilo y Refugio – OAR).
- Se te convoca para recogerla en persona.
¿Qué datos contiene?
- Tu nombre completo
- Tu fotografía
- Tu NIE
- La fecha de emisión y caducidad
- La autorización para trabajar (si aplica)
- Una nota que indica que estás protegido/a por el sistema de asilo en España
¿Cuánto tiempo dura?
- Se emite por 6 meses, y es renovable mientras tu caso esté pendiente.
- Debes renovarla cada 6 meses hasta que recibas una resolución definitiva (concesión de asilo, denegación o protección subsidiaria).
¿Qué no es?
- No es un permiso de residencia permanente.
- No te convierte automáticamente en refugiada o refugiado.
- Es una protección temporal, pero con derechos reconocidos.
Soy víctima de violencia de género ¿qué puedo hacer?
Este es un punto vital. España reconoce que la violencia de género puede ser motivo para conceder Protección Internacional cuando: tu país no te protegió o no puede protegerte o has sufrido violencia por razones de género: violencia machista, matrimonio forzado, mutilación genital femenina, trata, persecución por orientación sexual o identidad de género, etc.
Si este es tu caso, cuéntalo en la entrevista de asilo con todo el detalle posible. Si es difícil, pide ayuda a una ONG. Ya hemos dicho que puede pedir asistencia legal y una intérprete; pero tú además puedes pedir que sean exclusivamente mujeres. No necesitas tener pruebas físicas (aunque ayudan). Tu testimonio tiene valor legal. Puedes pedir acceso a programas especializados para víctimas de VG dentro del sistema de acogida.
Como superviviente, tienes derecho a acceder a centros de acogida seguros a apoyo psicológico especializado en trauma y violencia sexual; atención médica gratuita y confidencial y si hay peligro, puedes pedir medidas de protección inmediatas y confidencialidad en tu expediente
Además, la ayuda la puedes encontrar en ONG especializadas como CEAR, Accem, Cruz Roja, Médicos del Mundo, Fundación Aspacia.; los Servicios Sociales Municipales o las Oficinas de Igualdad o contra la Violencia de Género (teléfono 016 en España, no deja rastro en factura).


